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Es poco común que un artista tenga suficiente conocimiento de sus derechos y cuando es así, generalmente es resultado de malas experiencias. Su mente nació para traducir y comunicar la manera en que ve la realidad, a través de un número de formas que resulta imposible delimitar; ya sea para celebrarla, perpetrarla o afortunadamente, hasta para cuestionarla. Sin embargo, ese curioso y creativo intelecto rara vez se enfoca en la administración de sus recursos o al menos, su protección.

Lo común es escuchar que no le paguen, una parte o nada; que sus representantes le despojen de ingresos indebidamente; que no hay nada por escrito; que el galerista perdió la pieza o no paga porque “no le han pagado”; que, ante la aparente falta de mecanismos institucionales para hacerse válido, parece que nadie sabe en este país qué es el “derecho de persecución” o “derecho de seguir“ en materia autoral; que su intermediario fomentó y lucró con la creación y comercialización de obras derivadas sin su autorización; que firme convenios de exclusividad que prácticamente nunca derivan de alguna circunstancia que le represente un beneficio real, como para limitar su derecho fundamental a ejercer la actividad que ha elegido para subsistir en condiciones que le permitan un desarrollo digno y libre.

Cuando las circunstancias obligan al artista a buscar ayuda con especialistas, se informa, empodera e implementa nuevas estrategias para vender y proteger su trabajo.

Hecho lo anterior, resulta curioso ver cómo los demás agentes comerciales sencillamente se ofenden, como si fuera una falta de respeto exigir los derechos básicos que asisten al artista e implementar la mayor cantidad de mecanismos posibles para protegerlos. Es sorprendente ya que, sin el artista, el resto de los agentes que se involucran en su medio, simple y sencillamente, no tendrían negocio.

Desafortunadamente, en ocasiones el artista cede ante la presión de sus clientes porque le interesa cobrar rápido o teme perder al cliente; por evitar la confrontación; o porque incluso otros artistas lo convencen de que “las cosas son así”. Los usos y costumbres viciados del comercio siempre son difíciles de revertir.

¿Qué pasa cuando el artista no cede?

Afortunadamente, también hay ocasiones en que el artista comprende que toda la normativa aplicable fue creada para protegerlo como autor, no al revés… como algunas prácticas comerciales hacen parecer. A veces, comprende que toda esta normativa se ha enfocado en garantizar un mínimo de derechos que han evolucionado de nuestra mano y conforman un sistema complejo pero ordenado, dentro del cual se prevé que tiene derecho a recibir una retribución justa por su trabajo (como cualquier otra persona), sin que quepa ningún pacto que limite tal derecho o el de desarrollarse en el sector comercial que elija, en condiciones de equidad y libertad.

Por suerte, actualmente existe respaldo digital de la mayor parte de nuestra interacción; respaldo cuya veracidad, fecha, integridad, origen y destino es fácilmente comprobable; vivimos en una era en la que es cada vez más fácil rastrear un domicilio, identificar interacción entre cuentas bancarias, así como mecanismos legales para obtener información de sus titulares; entre otras cosas. Claro, todo sería más fácil con un “contratito”, sin embargo, su ausencia no necesariamente (y casi nunca) implica que no haya nada por hacer en torno a la defensa de los derechos de un autor.

¿Qué pasaría si ninguno cediera?

Todo lo anterior, no es sólo una invitación a ejercer presión, incluso, a través de los canales jurisdiccionales que correspondan, haciendo valer todo caso que cuente con evidencia suficiente para lograr una negociación, resolución o sentencia que reivindique al artista en sus derechos; ni busca simplemente conminar al sector artístico a informarse y comenzar a implementar y exigir mejores condiciones de desarrollo en la actividad que constituye su profesión.

No se trata de decirle a los artistas y demás lectores que aquéllos tienen derechos fundamentales “súper” protegidos… seguramente ya lo han oído mil veces e incluso así, o no cuentan con todos los medios necesarios para hacer valer sus derechos; no conocen a alguien que pueda orientarlos; o en algunos casos, sencilla y sorprendentemente, no encuentran un motivo suficiente que justifique emprender una lucha a efecto de lograr remediar una situación particular o desplegar esfuerzos para prevenirla. Sin embargo, pensemos…

¿Cuál sería el verdadero beneficio social de garantizar buenas prácticas en el comercio del arte?

Imaginemos un país (o un mundo) en donde fuese difícil que un artista “se muera de hambre”. En realidad, la frase coloquial no deriva del hecho de que el arte, cualquiera que sea su forma de expresión, carezca de valor social o práctico, de manera tal que se tenga que pagar un precio bajo o nada para adquirirlo y posteriormente, se pueda tratar una obra al antojo del adquirente o incluso del intermediario comercial que haya intervenido en la operación; deriva del hecho consistente en que, gracias a prácticas como las aquí mencionadas, es muy difícil que un artista logre una vida decorosa explotando su pasión, lo cual se traduce en la necesidad de abandonarla y buscar otras formas de ganarse la vida.

Reivindicar los derechos de los artistas es reivindicar su papel en la vida comercial, en un sistema de capitales en que, para muchísima gente con capacidades severamente limitadas, un individuo vale lo que gana. Establecer equilibrio entre los agentes que interactúan en el mercado del arte nos permitiría garantizar mejores condiciones de desenvolvimiento a las futuras generaciones, convirtiendo al arte en una profesión que ya de por sí es llamativa, en algo rentable para más gente.

La educación y evolución intelectual del ser humano promedio involucra, desde su inicio, acercamientos a distintos tipos de expresión artística, como lo es la escultura (plastilina), la música (quién no aprendió el abecedario cantando), la danza, entre otras; incluso, es más fácil detectar a temprana edad si alguien tiene habilidades interesantes para pintar, cantar, bailar, etc. y fomentar su desarrollo (si le interesa al niño, claro); que saber si tendrá todo lo necesario para ser un gran astronauta o desarrollar y comprobar los teoremas cuánticos más innovadores.

Garantizar los derechos derivados del trabajo artístico, fomentaría el acercamiento de un mayor número de interesados y poco a poco, reivindicaría la posición del artista en el ámbito económico-profesional. Esto se traduciría idealmente en más autoempleos o incluso empleos, ya que cada ramo del arte tiene sus propias exigencias técnicas y de personal de asistencia. Sin mencionar que también implicaría tener menos individuos frustrados por doquier, lo cual innegablemente sería otro beneficio social de que -en palabras simples- se respete la ley autoral.

De hacer efectivos todos y cada uno de los mecanismos legales dispuestos para garantizar el libre desarrollo de la personalidad de cada individuo, todos nos desenvolveríamos en condiciones más saludables y prometedoras que las actuales. En teoría, no hay una sola persona afectada porque alguien cobre o pretenda cobrar lo justo por su trabajo; y haga valer las todas las herramientas legales disponibles para proteger a éste como a sus frutos.

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